Desde el pasado martes 24 de agosto, Panamá derogó el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 472 de marzo de 2020 para abrir las puertas a la reactivación en puertos, atracaderos, áreas de anclajes y marinas del territorio nacional.
Con esto, Panamá abre las puertas una vez más al turismo internacional y ofrece mayor libertad al comercio.
Y es que con esta decisión, se permite la operación de embarcaciones dedicadas al transporte internacional de pasajeros, tales como cruceros, minicruceros, naves de gran calado, yates, mega yates, yates de uso comercial o cualquier otra embarcación marítima.
No obstante, el Ministerio de Salud de Panamá (Minsa), pidió que los pasajeros y tripulantes que desembarquen en puertos nacionales, cumplan con todas las normas, protocolos y medidas sanitarias que se implementan con el propósito de salvaguardar la salud de la población.
Buzón de Noticias